InvestigaciónDocumento
En línea
29/2026TCC11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
Tribunal Colegiado de Apelación del Decimosegundo Circuito, con residencia en Culiacán

La revocación de una resolución que impuso prisión preventiva oficiosa procede cuando los agravios resultan fundados, ordenándose la reposición del procedimiento para el debate sobre la medida cautelar y la emisión de una nueva determinación.

Expediente
29/2026
Tribunal
Tribunal Colegiado de Apelación del Decimosegundo Circuito, con residencia en Culiacán
Ponente
José Luis Macías Márquez
Fecha
21 may 2026
Materia
sin clasificar
Sentido

Holding · resolución sintética

La revocación de una resolución que impuso prisión preventiva oficiosa procede cuando los agravios resultan fundados, ordenándose la reposición del procedimiento para el debate sobre la medida cautelar y la emisión de una nueva determinación.

Resumen

El Tribunal Colegiado de Apelación del Decimosegundo Circuito revocó la resolución que impuso la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa. Determinó que los agravios presentados por las partes resultaron fundados. En consecuencia, ordenó la reposición del procedimiento para que se lleve a cabo el debate correspondiente sobre la procedencia de la medida cautelar y se emita una nueva resolución.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.