La revocación de una resolución que impuso prisión preventiva oficiosa procede cuando los agravios resultan fundados, ordenándose la reposición del procedimiento para el debate sobre la medida cautelar y la emisión de una nueva determinación.
El Tribunal Colegiado de Apelación del Decimosegundo Circuito revocó la resolución que impuso la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa. Determinó que los agravios presentados por las partes resultaron fundados. En consecuencia, ordenó la reposición del procedimiento para que se lleve a cabo el debate correspondiente sobre la procedencia de la medida cautelar y se emita una nueva resolución.
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