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89/2021ConcedeTCC11ª Época✓ Fuente verificada
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SJF · Ejecutoria

La exigencia de no haber sido suspendido o inhabilitado para el desempeño de un cargo público, como requisito para acceder a puestos en la administración pública, es inconstitucional cuando se aplica de manera genérica y sin distinción, pues resulta sobreinclusiva y desproporcionada al impedir el acceso a personas que ya cumplieron sus sanciones o cuyas sanciones no guardan relación con las funciones del puesto.

Expediente
89/2021
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
19 feb 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La exigencia de no haber sido suspendido o inhabilitado para el desempeño de un cargo público, como requisito para acceder a puestos en la administración pública, es inconstitucional cuando se aplica de manera genérica y sin distinción, pues resulta sobreinclusiva y desproporcionada al impedir el acceso a personas que ya cumplieron sus sanciones o cuyas sanciones no guardan relación con las funciones del puesto.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó una acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos contra diversos artículos de la Ley de Justicia Cívica del Estado de Guanajuato. Se declaró la invalidez de las disposiciones que impedían el acceso a cargos públicos a quienes hubieran sido suspendidos o inhabilitados, por considerarlas violatorias del derecho a la igualdad y al trabajo, al ser excesivamente amplias y no distinguir entre tipos de sanciones ni su cumplimiento. Asimismo, se invalidó la norma que sancionaba el uso de vías públicas sin autorización, por considerarla una restricción indebida a las libertades de expresión y reunión.

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