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192/2024OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

La caducidad de los derechos, entendida como la ineficacia procesal por el transcurso del tiempo sin ejercerlos, constituye la prescripción extintiva, la cual, al ser opuesta como excepción, exime al demandado de otras justificaciones y pruebas para obtener la absolución.

Expediente
192/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
JAVIER LAYNEZ POTISEK
Fecha
5 jun 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La caducidad de los derechos, entendida como la ineficacia procesal por el transcurso del tiempo sin ejercerlos, constituye la prescripción extintiva, la cual, al ser opuesta como excepción, exime al demandado de otras justificaciones y pruebas para obtener la absolución.

Resumen

El presente extracto aborda la figura de la caducidad de los derechos en su vertiente procesal, equiparándola a la prescripción extintiva. Se explica que cuando un derecho ha caducado por el simple transcurso del tiempo sin ser ejercido, la oposición de la excepción de prescripción por parte del demandado es suficiente para obtener la absolución, liberándolo de la necesidad de presentar otras defensas o pruebas.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.