Decimoséptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito· tema sin holding extraído
Se desecha el recurso de revisión fiscal, porque la nulidad decretada por la Sala, fue por vicios formales, como es que las resoluciones impugnadas fueron emitidas fuera del plazo de seis meses que establece el artículo 50 del Código Fiscal de la Federación, lo que hace improcedente el recurso.
Expediente
181/2026
Tribunal
Decimoséptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito
Ponente
Ana Yadira Alarcón Márquez
Fecha
12 ago 2026
Materia
administrativa
Sentido
Tema · autorreporte del tribunal
Se desecha el recurso de revisión fiscal, porque la nulidad decretada por la Sala, fue por vicios formales, como es que las resoluciones impugnadas fueron emitidas fuera del plazo de seis meses que establece el artículo 50 del Código Fiscal de la Federación, lo que hace improcedente el recurso.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.