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200/2024OtroTCC11ª Época✓ Fuente verificada
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SJF · Ejecutoria

El particular que presta servicios de arrastre y depósito de vehículos, con motivo de una infracción de tránsito, sí tiene el carácter de autoridad responsable para efectos del juicio de amparo, al realizar actos unilaterales que afectan la esfera jurídica del gobernado y cuyas funciones se encuentran determinadas por una norma general.

Expediente
200/2024
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
23 jun 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

El particular que presta servicios de arrastre y depósito de vehículos, con motivo de una infracción de tránsito, sí tiene el carácter de autoridad responsable para efectos del juicio de amparo, al realizar actos unilaterales que afectan la esfera jurídica del gobernado y cuyas funciones se encuentran determinadas por una norma general.

Resumen

La contradicción de criterios se centró en determinar si una empresa particular que presta servicios de arrastre y depósito de vehículos, como consecuencia de una infracción de tránsito, puede ser considerada autoridad responsable para efectos del juicio de amparo. El Tercer Tribunal Colegiado consideró que sí, al realizar actos unilaterales y afectar la esfera jurídica del gobernado. En contraste, el Segundo Tribunal Colegiado determinó que dicha empresa actúa como auxiliar de la autoridad y no como tal. El Pleno Regional resolvió que sí se actualiza el carácter de autoridad responsable, al cumplirse los requisitos de unilateralidad, afectación a la esfera jurídica y que sus funciones estén determinadas por una norma general.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.