La declaratoria general de inconstitucionalidad es improcedente respecto de la invalidez decretada en el amparo en revisión 14/2023 y queda sin materia en cuanto a la invalidez decretada en el amparo en revisión 175/2023.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la declaratoria general de inconstitucionalidad es improcedente en relación con la invalidez decretada en el amparo en revisión 14/2023. Asimismo, se estableció que dicha declaratoria queda sin materia respecto de la invalidez decretada en el amparo en revisión 175/2023. Lo anterior, con fundamento en los artículos 107, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 231 y 232 de la Ley de Amparo.
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