La ampliación de la demanda de amparo indirecto es improcedente cuando se pretenden introducir a la litis actos de una autoridad responsable sustituta que son los mismos que se reclamaron a la originaria, respecto de los cuales ya se admitió la demanda.
El presente asunto versa sobre la procedencia de la ampliación de la demanda de amparo indirecto. La quejosa buscaba introducir actos de una autoridad sustituta que eran idénticos a los reclamados a la autoridad originaria, respecto de los cuales ya se había admitido la demanda. La Suprema Corte determinó que dicha ampliación es improcedente, al considerar que no se actualizan los supuestos para modificar la litis planteada inicialmente.
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