InvestigaciónDocumento
En línea
306/2025OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
PLENO

La Suprema Corte de Justicia de la Nación debe desechar los recursos de contradicción de criterios que no involucren temas de constitucionalidad que revistan trascendencia o que no requieran la inaplicación de jurisprudencia de salas extintas.

Expediente
306/2025
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ARÍSTIDES RODRIGO GUERRERO GARCÍA
Fecha
27 nov 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La Suprema Corte de Justicia de la Nación debe desechar los recursos de contradicción de criterios que no involucren temas de constitucionalidad que revistan trascendencia o que no requieran la inaplicación de jurisprudencia de salas extintas.

Resumen

El presente asunto se refiere a la desechación de un recurso de contradicción de criterios. El promovente argumentó que el recurso debía ser admitido por involucrar un tema de constitucionalidad de trascendencia y la necesidad de inaplicar jurisprudencia de la extinta Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Sin embargo, la Corte determinó desechar el recurso, al no cumplirse los requisitos para su admisión.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.