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374/26-01-02-4ConcedeTFJA11ª Época✓ Fuente verificada
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TFJA · Segunda Sala Regional en Baja California

La identificación plena del personal aduanero que practica el reconocimiento de mercancías es un requisito esencial para la validez de dicho acto y de la resolución que de él emana, en aras de garantizar la seguridad jurídica del gobernado.

Expediente
374/26-01-02-4
Tribunal
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Ponente
Fecha
29 may 2026
Materia
fiscal
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La identificación plena del personal aduanero que practica el reconocimiento de mercancías es un requisito esencial para la validez de dicho acto y de la resolución que de él emana, en aras de garantizar la seguridad jurídica del gobernado.

Resumen

El Tribunal Federal de Justicia Administrativa declaró la nulidad de una resolución que determinó un crédito fiscal, al considerar que la autoridad aduanera omitió la plena identificación del verificador que realizó el reconocimiento aduanero. Se argumentó que, si bien la resolución no contenía un acta circunstanciada, debía cumplir con los requisitos del artículo 16 Constitucional, incluyendo la descripción detallada del oficio de autorización del verificador, lo cual no ocurrió en este caso. Por lo tanto, al provenir de un acto viciado de origen, la resolución fue declarada nula y se ordenó la devolución del pago realizado por el actor.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.