La potestad tributaria compartida entre municipios y legislaturas estatales en la fijación de ingresos municipales exige que las legislaturas motiven objetiva y razonablemente sus modificaciones a las propuestas municipales, especialmente cuando se apartan significativamente de ellas, para garantizar la autonomía hacendaria municipal y los principios de legalidad y seguridad jurídica.
El municipio de San Andrés Tuxtla promovió una controversia constitucional contra el Poder Legislativo de Veracruz por modificar su propuesta de Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2024, argumentando violación a su autonomía presupuestaria. La Suprema Corte analizó si la Legislatura local motivó adecuadamente las modificaciones realizadas a las tasas del impuesto al traslado de dominio y a los derechos por licencias y refrendos. Se determinó que, si bien las legislaturas tienen la facultad de aprobar las leyes de ingresos, deben hacerlo con base en argumentos objetivos y razonables, especialmente cuando las modificaciones se distancian de las propuestas municipales, para salvaguardar la libertad hacendaria de los municipios.
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