La preclusión de la facultad del Ministerio Público para formular la acusación, derivada de la omisión de presentarla dentro del plazo legal, genera la obligación del Juez de sobreseer la causa penal, al actualizarse la hipótesis de que el órgano de persecución no cuenta con elementos suficientes para fundar una acusación, lo cual, de no observarse, vulnera el derecho a un debido proceso y a la seguridad jurídica del imputado.
La contradicción de tesis analiza si procede el sobreseimiento de una causa penal cuando el Ministerio Público omite formular la acusación dentro del plazo legal establecido. El Primer Tribunal Colegiado consideró que la omisión de presentar la acusación en tiempo genera la preclusión de dicha facultad, lo que obliga al Juez a sobreseer el proceso, pues el Ministerio Público ya no cuenta con elementos para fundar una acusación. Dicha omisión, de no ser atendida por el Juez, vulnera el debido proceso y la seguridad jurídica del imputado. El Tribunal Colegiado del Décimo Séptimo Circuito, por su parte, sostuvo un criterio distinto.
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