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1/2024TCC11ª Época✓ Fuente verificada
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Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Décimo Circuito, con residencia en Villa Hermosa, Tabasco· tema sin holding extraído

En efecto, la imposición de la sanción se encuentra indebidamente tipificada, ya que era indispensable que la autoridad demandada justificara debidamente los actos de molestia, esto es, acreditara la adecuación de la conducta infractora a una hipótesis legal establecida, ya que de no seguirse este criterio, daría lugar a prácticas abusivas por parte de la autoridad, quien podría imputar a los contribuyentes cualquier incumplimiento de obligaciones y por ende, imponer sanciones de forma arbitraria.

Expediente
1/2024
Tribunal
Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Décimo Circuito, con residencia en Villa Hermosa, Tabasco
Ponente
José Javier Hernández Gutiérrez
Fecha
27 ago 2025
Materia
administrativa
Sentido

Tema · autorreporte del tribunal

En efecto, la imposición de la sanción se encuentra indebidamente tipificada, ya que era indispensable que la autoridad demandada justificara debidamente los actos de molestia, esto es, acreditara la adecuación de la conducta infractora a una hipótesis legal establecida, ya que de no seguirse este criterio, daría lugar a prácticas abusivas por parte de la autoridad, quien podría imputar a los contribuyentes cualquier incumplimiento de obligaciones y por ende, imponer sanciones de forma arbitraria.

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