La imposición de una multa por incomparecencia a una audiencia de conciliación es ilegal cuando la autoridad demandada no considera la cesión de derechos y obligaciones que faculta a un tercero a representar al proveedor en dicho acto, actualizando una violación al principio de tipicidad.
Se declaró la nulidad de una multa impuesta por la Procuraduría Federal del Consumidor por incomparecencia a una audiencia de conciliación. La Novena Sala Regional determinó que la autoridad omitió considerar un contrato de cesión de derechos y obligaciones, mediante el cual una empresa asumió la representación legal del proveedor multado. Al haber comparecido el representante del cesionario, se actualizó una violación al principio de tipicidad, haciendo ilegal la multa impuesta.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.