La inconstitucionalidad de las normas tributarias debe analizarse a la luz de los principios de proporcionalidad, equidad, no regresión, presunción de inocencia, seguridad jurídica y buena fe, superando el test de proporcionalidad.
El tribunal modifica la sentencia y niega el amparo respecto a los artículos 23 del Código Fiscal de la Federación y 6 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, al considerar que los preceptos reclamados superan el test de proporcionalidad y no son violatorios de los principios de proporcionalidad, no regresión, presunción de inocencia, seguridad jurídica y buena fe. Se declara firme el sobreseimiento decretado respecto de dos autoridades y se dejan sin materia las revisiones adhesivas.
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