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308/2015 (CUADERNO AUXILIAR 1021/2015) DEL ÍNDICE DEL TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO DEL DÉCIMO CIRCUITO, CON APOYO DEL SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DE CIConcedeTCC10ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
SJF · Ejecutoria

La notificación de actos administrativos que afecten la esfera jurídica de un particular debe realizarse en el domicilio correcto y con la persona adecuada, so pena de considerarse al gobernado como tercero extraño por equiparación, eximiéndolo del deber de agotar los recursos ordinarios.

Expediente
308/2015 (CUADERNO AUXILIAR 1021/2015) DEL ÍNDICE DEL TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO DEL DÉCIMO CIRCUITO, CON APOYO DEL SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DE CI
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
11 abr 2016
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La notificación de actos administrativos que afecten la esfera jurídica de un particular debe realizarse en el domicilio correcto y con la persona adecuada, so pena de considerarse al gobernado como tercero extraño por equiparación, eximiéndolo del deber de agotar los recursos ordinarios.

Resumen

El Tribunal Colegiado revocó el sobreseimiento dictado en un juicio de amparo indirecto. Determinó que el Juez de Distrito erró al considerar que el quejoso debía agotar los recursos ordinarios, pues no existían constancias que acreditaran que la notificación del procedimiento administrativo se hubiera realizado correctamente. Al no tener conocimiento del procedimiento, el quejoso se consideró tercero extraño por equiparación, lo que le permitió acudir directamente al amparo. Por lo tanto, se concedió el amparo para efectos de declarar nulo el procedimiento a partir del emplazamiento incorrecto.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.