El artículo 62, fracción I, del Código Fiscal de la Federación no establece una hipótesis que permita presumir directamente ingresos acumulables o cantidades por las cuales deban pagarse contribuciones.
El Tribunal Colegiado de Circuito determinó que el artículo 62, fracción I, del Código Fiscal de la Federación, si bien contiene los elementos de una presunción (afirmación base probada, afirmación resultado y nexo lógico), no es suficiente por sí solo para presumir ingresos o cantidades sujetas a pago de contribuciones. Se requiere de elementos adicionales para llegar a esa conclusión, por lo que la autoridad no puede establecer directamente el pago de impuestos basándose únicamente en dicha fracción.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.