La revisión fiscal debe desecharse si la sentencia impugnada no resuelve sobre la interpretación de una norma legal, sino únicamente sobre su aplicación, pues no se actualizan los supuestos de procedencia del recurso.
El presente criterio establece que el recurso de revisión fiscal debe ser desechado cuando la sentencia emitida por el órgano contencioso administrativo no aborda la interpretación de un precepto legal invocado, sino que se limita a determinar su aplicación. La interpretación de una norma implica desentrañar su significado y alcance, especialmente cuando su texto no es claro, mientras que la aplicación se refiere a la simple subsunción de un hecho a la norma existente. Al no existir una verdadera interpretación, no se cumplen los requisitos para la procedencia de la revisión fiscal.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.