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162/2022-CAConcedeSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

Las participaciones federales no pueden ser afectadas por compensación con motivo de un adeudo derivado de créditos fiscales, en virtud de que la Ley de Coordinación Fiscal no lo permite.

Expediente
162/2022-CA
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
LORETTA ORTIZ AHLF
Fecha
15 mar 2023
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

Las participaciones federales no pueden ser afectadas por compensación con motivo de un adeudo derivado de créditos fiscales, en virtud de que la Ley de Coordinación Fiscal no lo permite.

Resumen

El presente caso aborda la legalidad de un oficio que afectaba participaciones federales de un Estado. La Suprema Corte determinó que dichas participaciones no pueden ser objeto de compensación por adeudos fiscales, ya que la Ley de Coordinación Fiscal no contempla esta posibilidad. La autoridad demandada carecía de facultades para realizar dicha afectación, lo que resultaba en una indebida fundamentación del acto y, por ende, en su invalidez.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.