La aclaración de sentencia en el juicio de amparo es improcedente cuando la resolución emitida no presenta ambigüedad, oscuridad o incongruencia, y no se actualiza alguna cuestión de constitucionalidad o interés excepcional que justifique su procedencia.
Se resuelve una solicitud de aclaración de sentencia en un amparo directo en revisión. El solicitante fue condenado por defraudación fiscal equiparada al omitir el pago del impuesto sobre la renta. Tras agotar los recursos ordinarios y el amparo, se desechó el recurso de revisión. La Primera Sala determina que la aclaración de sentencia es improcedente porque la resolución original no presenta ambigüedades ni incongruencias, y no se advierte una cuestión de constitucionalidad o interés excepcional que la justifique.
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