La visita domiciliaria ordenada por una autoridad fiscal local para comprobar el cumplimiento de obligaciones fiscales federales es legal si se sustenta en un convenio de colaboración administrativa en materia fiscal federal suscrito entre la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la entidad federativa correspondiente, el cual faculta a dicha autoridad local para ejercer esa facultad de comprobación.
Se analiza la legalidad de una visita domiciliaria ordenada por el Director de Fiscalización de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de San Luis Potosí, con el propósito de verificar el cumplimiento de obligaciones fiscales federales. El tribunal determina que dicha visita es legal cuando se fundamenta en un convenio de colaboración administrativa suscrito entre la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el estado de San Luis Potosí, siempre que dicho convenio otorgue a las autoridades fiscales locales la facultad para realizar actos de fiscalización federales. Por lo tanto, la orden de visita no viola las garantías individuales del contribuyente.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.