InvestigaciónDocumento
En línea
980/2023NiegaSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
PRIMERA SALA

La distinción entre contribuyentes sujetos a facultades de comprobación y aquellos que no lo están, para efectos de la procedencia de la compensación universal, es constitucionalmente válida al perseguir una finalidad legítima y no ser discriminatoria.

Expediente
980/2023
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ANA MARGARITA RÍOS FARJAT
Fecha
22 may 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La distinción entre contribuyentes sujetos a facultades de comprobación y aquellos que no lo están, para efectos de la procedencia de la compensación universal, es constitucionalmente válida al perseguir una finalidad legítima y no ser discriminatoria.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó la constitucionalidad del artículo 23 del Código Fiscal de la Federación, reformado para permitir la compensación universal a contribuyentes sujetos a revisiones de gabinete o visitas domiciliarias, mientras que a otros contribuyentes no se les otorga esta facilidad. El Tribunal determinó que esta distinción es válida, ya que los contribuyentes en proceso de fiscalización se encuentran en una situación distinta a aquellos que no la están, justificando así un trato diferenciado que persigue la finalidad legítima de facilitar la corrección fiscal en el contexto de una auditoría.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.