La competencia de la autoridad para emitir una orden de visita domiciliaria debe fundarse en la ley aplicable al momento de su emisión.
El presente caso aborda la legalidad de una orden de visita domiciliaria. El tribunal determinó que el análisis de la Sala sobre la fundamentación de la competencia de la autoridad emisora de la orden fue correcto, declarando infundado el concepto de violación que la impugnaba. Esto implica que la competencia de la autoridad se consideró debidamente acreditada conforme a la ley vigente.
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