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SEGUNDA SALA

El artículo 112 de la Ley del Impuesto sobre la Renta es impugnable en amparo indirecto por violación al principio de equidad tributaria, aun en ausencia de un acto de aplicación concreto, si se demuestra el interés jurídico del gobernado.

Expediente
1295/2015
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ALBERTO PÉREZ DAYÁN
Fecha
26 oct 2016
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

El artículo 112 de la Ley del Impuesto sobre la Renta es impugnable en amparo indirecto por violación al principio de equidad tributaria, aun en ausencia de un acto de aplicación concreto, si se demuestra el interés jurídico del gobernado.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que el artículo 112 de la Ley del Impuesto sobre la Renta es susceptible de impugnarse a través del juicio de amparo indirecto por violaciones al principio de equidad tributaria, incluso si no existe un acto de aplicación directo y expreso. Esto se debe a que la parte quejosa acreditó su interés jurídico al demostrar que los supuestos normativos impugnados se actualizaban en su perjuicio, haciendo extensiva la aplicación del precepto reclamado.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.