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20980/24-17-02-9ConcedeTFJAConcede parcial11ª Época✓ Fuente verificada
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TFJA · Segunda Sala Regional en la Ciudad de México

La materialidad de las operaciones amparadas en comprobantes fiscales se acredita con un conjunto de pruebas indirectas si de su concatenación se genera convicción de la prestación del servicio o bien adquirido, aun cuando de manera aislada constituyan indicios.

Expediente
20980/24-17-02-9
Tribunal
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Ponente
Fecha
6 may 2026
Materia
fiscal
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La materialidad de las operaciones amparadas en comprobantes fiscales se acredita con un conjunto de pruebas indirectas si de su concatenación se genera convicción de la prestación del servicio o bien adquirido, aun cuando de manera aislada constituyan indicios.

Resumen

El Tribunal determinó que la materialidad de las operaciones puede acreditarse con pruebas indirectas si estas, en conjunto, generan convicción sobre la prestación del servicio o la adquisición del bien. Se enfatiza que no se deben exigir pruebas imposibles o desmedidas, sino aquellas acordes a la naturaleza de la operación y las pruebas disponibles. La Sala consideró que los contratos de prestación de servicios con fecha cierta, los entregables, la correspondencia y la experiencia del prestador de servicios, entre otros elementos, son suficientes para acreditar la materialidad de las operaciones.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.