El decreto que expide la Ley de Revocación de Mandato del Estado de Colima, al no contener la estimación del impacto presupuestal, contraviene el artículo 16 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que el decreto que expide la Ley de Revocación de Mandato del Estado de Colima es inconstitucional. Esto se debe a que el decreto y su dictamen omitieron incluir una estimación sobre el impacto presupuestal, requisito indispensable establecido en el artículo 16 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios. La Corte analizó si la ley impugnada se consideraba materia electoral para efectos del cómputo de plazos, invocando criterios previos sobre la amplitud del concepto de materia electoral.
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