Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Decimosexto Circuito, con residencia en Guanajuato, Gto· tema sin holding extraído
El motivo de improcedencia no es manifiesto ni indudable, ya que no es evidente, claro y fehaciente, pues la juzgadora federal tuvo que realizar un análisis e interpretación preliminares de la resolución reclamada, e indicar el supuesto en el que se encontraba el acto en estudio, es decir, de manera reforzada, se limitó a indicar que el juicio administrativo local tiene por efecto nulificar los actos emitidos por autoridades administrativas, sin que realizara un estudio pormenorizado del por qué se actualiza la procedencia del aludido recurso o la vía jurisdiccional que a su juicio corresponda.
Expediente
89/2026
Tribunal
Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Decimosexto Circuito, con residencia en Guanajuato, Gto
Ponente
Mario Alberto Domínguez Trejo
Fecha
4 jun 2026
Materia
administrativa
Sentido
Tema · autorreporte del tribunal
El motivo de improcedencia no es manifiesto ni indudable, ya que no es evidente, claro y fehaciente, pues la juzgadora federal tuvo que realizar un análisis e interpretación preliminares de la resolución reclamada, e indicar el supuesto en el que se encontraba el acto en estudio, es decir, de manera reforzada, se limitó a indicar que el juicio administrativo local tiene por efecto nulificar los actos emitidos por autoridades administrativas, sin que realizara un estudio pormenorizado del por qué se actualiza la procedencia del aludido recurso o la vía jurisdiccional que a su juicio corresponda.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.