La consideración de los antecedentes penales como agravante en la individualización de la pena contraviene el principio de derecho penal del acto, al sancionar la personalidad del individuo en lugar de su conducta concreta.
El Tribunal Colegiado concedió el amparo a uno de los quejosos al considerar que la autoridad responsable incurrió en un error al agravar la pena basándose en sus antecedentes penales. Se determinó que el marco constitucional mexicano se decanta por un derecho penal del acto, el cual sanciona las conductas específicas y no la personalidad del individuo. Por lo tanto, los antecedentes penales no deben ser considerados como un factor agravante en la individualización de la pena, sino que esta debe basarse en la culpabilidad del acto concreto.
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