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SJF · Tesis

La revisión fiscal no permite la suplencia de la deficiencia de los agravios.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
1 ene 1955
Materia
administrativa
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La revisión fiscal no permite la suplencia de la deficiencia de los agravios.

Resumen

En la revisión fiscal, que se tramita conforme a las reglas del juicio de amparo, no es dable suplir la deficiencia de los agravios expresados por la parte recurrente. Ello, en virtud de que dicho medio de impugnación tiene como finalidad primordial el análisis de la legalidad de la resolución recurrida, a la luz de los argumentos vertidos por el inconforme, sin que sea extensivo a la facultad de integrar o complementar los agravios que resulten insuficientes.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.