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5628/2023SCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PLENO

La personalidad de las partes en un juicio mercantil debe ser analizada de oficio por el juzgador, incluso si no se impugna por la vía incidental, cuando se advierta una posible irregularidad que afecte el desarrollo del proceso.

Expediente
5628/2023
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
LORETTA ORTIZ AHLF
Fecha
24 sep 2025
Materia
sin clasificar
Sentido

Holding · resolución sintética

La personalidad de las partes en un juicio mercantil debe ser analizada de oficio por el juzgador, incluso si no se impugna por la vía incidental, cuando se advierta una posible irregularidad que afecte el desarrollo del proceso.

Resumen

El presente asunto aborda la cuestión de la personalidad de las partes en un juicio mercantil, específicamente la legitimación de una persona moral para comparecer a juicio. La Suprema Corte analiza si el Tribunal Colegiado debió haber estudiado la inconstitucionalidad de los artículos 1057 del Código de Comercio y 2736 del Código Civil Federal. A pesar de declarar inoperantes los agravios, la Corte estima que subsiste una cuestión de constitucionalidad y que la personalidad puede ser analizada de oficio por el juzgador.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.