El oficio emitido por el Subdelegado de Prestaciones del ISSSTE, que niega una revisión integral a una solicitud previa, carece de fundamentación, motivación, congruencia y exhaustividad, al no atender la pretensión específica del quejoso de revisar la improcedencia de su solicitud de liquidación por pensión de viudez.
El Juzgado Segundo de Distrito de Amparo concedió la protección federal a un quejoso contra un oficio del ISSSTE que negó la revisión de una solicitud de liquidación por pensión de viudez. El tribunal determinó que el oficio reclamado era ilegal por carecer de fundamentación, motivación, congruencia y exhaustividad, ya que la autoridad se limitó a indicar que la solicitud ya había sido contestada previamente, sin abordar la petición específica de revisión. Por lo tanto, se ordenó al ISSSTE emitir un nuevo oficio que atienda de manera completa y fundada la petición del quejoso.
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