La carga de la prueba para demostrar que una oficina federal de hacienda se encontraba de vacaciones al momento de una notificación recae en el contribuyente, quien debe acreditarlo fehacientemente.
El contribuyente debe probar de manera fehaciente que la oficina de hacienda que realizó una notificación se encontraba de vacaciones en esa fecha. Un oficio circular que informa sobre periodos vacacionales no es suficiente si contempla excepciones para funciones de recaudación o servicios públicos que no pueden suspenderse. Por lo tanto, el contribuyente tiene la obligación de demostrar que la oficina específica estuvo cerrada por vacaciones.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.