La materia de la reclamación en controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad se constriñe al análisis de la legalidad del acuerdo de trámite impugnado, debiendo desestimarse los agravios que se aparten de dicha cuestión procedimental.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver una reclamación en el marco de una controversia constitucional, reitera que la materia de dicho recurso se limita a examinar la legalidad del acuerdo de trámite que se impugna. Se enfatiza que el propósito de la reclamación es corregir irregularidades procedimentales, por lo que los argumentos que excedan esta esfera no serán analizados. Se invoca la jurisprudencia P./J. 10/2007 para sustentar esta postura.
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