La nulidad lisa y llana de un acto administrativo es procedente cuando la autoridad emisora funda su competencia en un reglamento abrogado, contraviniendo la garantía de seguridad jurídica del gobernado.
El Tribunal Federal de Justicia Administrativa declaró la nulidad lisa y llana de una boleta de infracción. La autoridad emisora fundamentó su competencia en un reglamento que ya había sido abrogado por un nuevo ordenamiento publicado posteriormente. Esta situación contraviene la garantía de seguridad jurídica consagrada en el artículo 16 constitucional, ya que el particular no puede ser sujeto a un acto basado en una norma que ya no se encuentra vigente. Por lo tanto, se considera ilegal el acto y se decreta su nulidad.
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