InvestigaciónDocumento
En línea
ConcedeTCCTesis aislada✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
SJF · Tesis

La suspensión provisional para no obligar al contribuyente a adquirir la máquina registradora de comprobación fiscal no contraviene el orden público, el interés social ni el del fisco, al no privar a la colectividad de beneficios legales ni inferir perjuicios al Estado, y al no impedir el cumplimiento de obligaciones tributarias ni la labor de verificación y recaudación fiscal.

Expediente
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
1 dic 1992
Materia
administrativa
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La suspensión provisional para no obligar al contribuyente a adquirir la máquina registradora de comprobación fiscal no contraviene el orden público, el interés social ni el del fisco, al no privar a la colectividad de beneficios legales ni inferir perjuicios al Estado, y al no impedir el cumplimiento de obligaciones tributarias ni la labor de verificación y recaudación fiscal.

Resumen

La suspensión provisional solicitada por un contribuyente para evitar la obligación de adquirir una máquina registradora de comprobación fiscal, prevista en el artículo 29 del Código Fiscal de la Federación, no contraviene disposiciones de orden público, ni afecta el interés social o el del fisco. Esto se debe a que la medida cautelar no priva a la colectividad de beneficios legales, no causa perjuicios al Estado, ni exime al contribuyente de sus obligaciones tributarias o de la labor de fiscalización y recaudación de impuestos.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.