La Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas no es la única autoridad facultada para determinar los montos de compensación por violaciones a derechos humanos, ya que la reparación prevista en la Ley General de Víctimas no es la vía exclusiva de indemnización.
La Ley General de Víctimas y la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas no generan un conflicto competencial para determinar el monto de la compensación a las víctimas. El Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral es complementario a otras indemnizaciones. La Comisión no es la única autoridad para fijar estos montos, ya que la reparación no es una vía exclusiva y puede haber otras autoridades involucradas en la indemnización.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.