El juicio de amparo debe sobreseerse si el acto reclamado es sustancialmente fiscal y el quejoso ha promovido juicio fiscal, pues en este último puede examinarse la legalidad de la resolución reclamada en su totalidad, debiendo agotarse dicho medio de defensa antes de acudir al amparo.
El presente caso aborda la procedencia del juicio de amparo cuando el acto reclamado tiene naturaleza fiscal. Se establece que si bien en casos de ambigüedad o actos mixtos (administrativos y fiscales) podría ser procedente el amparo para evitar indefensión, si el quejoso ya ha promovido un juicio fiscal, este último debe agotarse primero. El juicio fiscal permite el análisis integral de la resolución reclamada, por lo que el amparo debe sobreseerse hasta que concluya dicho juicio.
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