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SJF · Tesis

La revisión fiscal interpuesta por el Administrador Local Jurídico de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público debe desecharse cuando no se satisfacen los requisitos de cuantía o de interpretación de leyes.

Expediente
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
1 feb 1995
Materia
administrativa
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La revisión fiscal interpuesta por el Administrador Local Jurídico de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público debe desecharse cuando no se satisfacen los requisitos de cuantía o de interpretación de leyes.

Resumen

El recurso de revisión fiscal interpuesto por el Administrador Local Jurídico de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público debe desecharse si no se cumple con el requisito de la cuantía, es decir, si el monto demandado en el juicio de nulidad no excede de 3500 veces el salario mínimo general diario vigente en el Distrito Federal. Tampoco procede si no se está en presencia de una interpretación de leyes o reglamentos, o de violaciones esenciales del procedimiento.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.