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SJF · Tesis

La determinación de desistimiento de la solicitud de devolución de impuestos pagados indebidamente al fisco federal, emitida conforme al artículo 22 del Código Fiscal de la Federación vigente hasta el 28 de junio de 2006, constituye una resolución definitiva impugnable a través del juicio contencioso administrativo, al no admitir recurso administrativo o ser optativa su interposición.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Ponente
Fecha
1 jul 2007
Materia
administrativa
Sentido

Holding · resolución sintética

La determinación de desistimiento de la solicitud de devolución de impuestos pagados indebidamente al fisco federal, emitida conforme al artículo 22 del Código Fiscal de la Federación vigente hasta el 28 de junio de 2006, constituye una resolución definitiva impugnable a través del juicio contencioso administrativo, al no admitir recurso administrativo o ser optativa su interposición.

Resumen

Se establece que la determinación de desistimiento de una solicitud de devolución de impuestos pagados indebidamente, bajo el artículo 22 del Código Fiscal de la Federación (vigente hasta el 28 de junio de 2006), es una resolución definitiva. Esto se debe a que, conforme al artículo 11 de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, dichas resoluciones son definitivas cuando no admiten recurso o este es opcional. Por lo tanto, esta determinación es impugnable mediante el juicio contencioso administrativo, aun cuando no niegue expresamente la devolución.

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