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317/2023-CAOtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver una acción de inconstitucionalidad, debe analizar la omisión de las autoridades legislativas y ejecutivas de realizar la consulta previa a comunidades indígenas y afromexicanas respecto a la Ley de Minería, en virtud de ser un derecho difuso y colectivo.

Expediente
317/2023-CA
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
LORETTA ORTIZ AHLF
Fecha
17 ene 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver una acción de inconstitucionalidad, debe analizar la omisión de las autoridades legislativas y ejecutivas de realizar la consulta previa a comunidades indígenas y afromexicanas respecto a la Ley de Minería, en virtud de ser un derecho difuso y colectivo.

Resumen

La acción de inconstitucionalidad se interpuso ante la omisión de los poderes Legislativo y Ejecutivo de realizar la consulta previa a comunidades indígenas y afromexicanas, en relación con la Ley de Minería. Se argumenta que esta omisión viola un derecho difuso y colectivo de la población afectada, y que las autoridades tienen la obligación constitucional de velar por la supremacía de la Constitución y hacerla cumplir. La Corte debe determinar si dicha omisión es inconstitucional.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.