Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito· tema sin holding extraído
La autoridad, a través del requerimiento de pago, liquida el crédito autodeterminado por el contribuyente, lo que se traduce en una determinación y, por ende, debe emitirse dentro del plazo de cinco años, previsto en el 67 del Código Fiscal Federal.
Expediente
241/2010
Tribunal
Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito
Ponente
Salvador González Baltierra
Fecha
15 dic 2010
Materia
administrativa
Sentido
Tema · autorreporte del tribunal
La autoridad, a través del requerimiento de pago, liquida el crédito autodeterminado por el contribuyente, lo que se traduce en una determinación y, por ende, debe emitirse dentro del plazo de cinco años, previsto en el 67 del Código Fiscal Federal.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.