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616/2024Juzgado11ª Época✓ Fuente verificada
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Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Michoacán

Se niega el amparo cuando el patrón demandado no combate la ilegalidad de la diligencia de emplazamiento, sino que se limita a impugnar la validez de la misma.

Expediente
616/2024
Tribunal
Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Michoacán
Ponente
Katia Orozco Alfaro
Fecha
26 nov 2024
Materia
laboral
Sentido

Holding · resolución sintética

Se niega el amparo cuando el patrón demandado no combate la ilegalidad de la diligencia de emplazamiento, sino que se limita a impugnar la validez de la misma.

Resumen

El Juzgado Cuarto de Distrito en Michoacán negó el amparo a un patrón demandado contra una diligencia de emplazamiento. La negativa se fundamentó en que el quejoso no demostró la ilegalidad del acto de comunicación procesal, sino que se limitó a impugnar su validez, lo cual no es suficiente para conceder la protección federal en este caso.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.