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117/2024-CAOtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PLENO

La controversia constitucional no procede cuando se alegan violaciones de estricta legalidad, pues el principio de afectación debe entenderse en el contexto de las afectaciones a las esferas competenciales de los órganos primarios del Estado.

Expediente
117/2024-CA
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
IRVING ESPINOSA BETANZO
Fecha
30 oct 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La controversia constitucional no procede cuando se alegan violaciones de estricta legalidad, pues el principio de afectación debe entenderse en el contexto de las afectaciones a las esferas competenciales de los órganos primarios del Estado.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación desechó de plano una controversia constitucional por notoria y manifiesta improcedencia. Se determinó que, si bien existe una concepción amplia del principio de afectación, este debe interpretarse dentro del marco de las afectaciones a las competencias de los órganos primarios del Estado. Por lo tanto, las violaciones de estricta legalidad no son materia de análisis en este tipo de controversias.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.