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2637/2024NiegaSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

La caducidad no opera en procedimientos de fincamiento de responsabilidades resarcitorias ni en aquellos donde la legislación aplicable no la prevea expresamente, aun cuando existan plazos para la emisión de resoluciones.

Expediente
2637/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
LENIA BATRES GUADARRAMA
Fecha
9 oct 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La caducidad no opera en procedimientos de fincamiento de responsabilidades resarcitorias ni en aquellos donde la legislación aplicable no la prevea expresamente, aun cuando existan plazos para la emisión de resoluciones.

Resumen

El presente fallo aborda la inaplicabilidad de la figura de la caducidad en procedimientos de fincamiento de responsabilidades resarcitorias, confirmando criterios previos que establecen que no opera la caducidad en estos casos. Asimismo, se determina que la ausencia de previsión expresa de la caducidad en una legislación específica, como la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de Baja California Sur, impide su aplicación supletoria, incluso si existen plazos para la emisión de resoluciones por parte de la autoridad administrativa. La falta de sanción para la autoridad por emitir resoluciones fuera de plazo no afecta la seguridad jurídica de los gobernados.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.