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792/2025OtroJuzgado11ª Época✓ Fuente verificada
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Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Sinaloa· tema sin holding extraído

Administrativa.1) La omisión de concluir el trámite para la incorporación al Programa Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente; 2) la omisión de entregar el apoyo económico por concepto de pensión a personas con discapacidad desde febrero de 2025; y 3) el oficio de veintiséis de enero de dos mil veintiséis, en el que determinó no procedente la solicitud de incorporación del quejoso al Programa Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente; por un lado se sobresee en el presente juicio de amparo toda vez que han cesado los efectos del acto reclamado y por otro lado la justicia de la Unión ampara y protege a la parte quejosa. OEAR

Expediente
792/2025
Tribunal
Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Sinaloa
Ponente
Aida Araceli Villarreal Escovar
Fecha
19 may 2026
Materia
administrativa
Sentido
otro

Tema · autorreporte del tribunal

Administrativa.1) La omisión de concluir el trámite para la incorporación al Programa Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente; 2) la omisión de entregar el apoyo económico por concepto de pensión a personas con discapacidad desde febrero de 2025; y 3) el oficio de veintiséis de enero de dos mil veintiséis, en el que determinó no procedente la solicitud de incorporación del quejoso al Programa Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente; por un lado se sobresee en el presente juicio de amparo toda vez que han cesado los efectos del acto reclamado y por otro lado la justicia de la Unión ampara y protege a la parte quejosa. OEAR

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