La procedencia del recurso de revocación contra actos de fiscalización no está supeditada a la impugnación de actos de ejecución, sino a la naturaleza del acto de origen, conforme a la legislación aplicable.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación resuelve un recurso de reclamación interpuesto por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público contra un acuerdo que negó la aplicación de una jurisprudencia. La recurrente argumenta que el Tribunal Colegiado omitió aplicar la tesis que establece la procedencia del recurso de revocación contra actos de fiscalización, independientemente de si se impugnan también actos de ejecución. El caso gira en torno a la correcta interpretación de los artículos del Código Fiscal de la Federación relativos a la impugnación de actos de autoridad en materia fiscal.
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