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3473/2022ConcedeSCJNConcede parcial11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver un amparo directo, determinó que la confesión ministerial obtenida bajo tortura no puede ser valorada como prueba para acreditar la responsabilidad penal, sin antes realizar una investigación independiente y diligente sobre la denuncia de tortura.

Expediente
3473/2022
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ
Fecha
7 jun 2023
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver un amparo directo, determinó que la confesión ministerial obtenida bajo tortura no puede ser valorada como prueba para acreditar la responsabilidad penal, sin antes realizar una investigación independiente y diligente sobre la denuncia de tortura.

Resumen

En este expediente, la quejosa denunció haber sido víctima de tortura durante su detención. Tras diversas instancias y la interposición de amparos directos, se determinó que la confesión ministerial obtenida en esas circunstancias no podía ser valorada como prueba para acreditar su responsabilidad penal en los delitos de homicidio y robo calificados, sin que previamente se realizara una investigación exhaustiva e independiente sobre la denuncia de tortura. Por lo tanto, se concedió el amparo para que se prescindiera de dicha prueba y se emitiera una nueva resolución.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.