El artículo 28 del Código Fiscal de la Federación, al establecer los requisitos para la contabilidad de los contribuyentes, no viola el principio de legalidad tributaria, pues define con claridad la documentación necesaria para acreditar la materialidad de las operaciones y la veracidad de los asientos contables.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó la constitucionalidad del artículo 28 del Código Fiscal de la Federación, impugnado por un contribuyente al considerar que dejaba una valoración subjetiva a las autoridades fiscales sobre la documentación comprobatoria. El contribuyente argumentó que el precepto violaba el principio de legalidad al no establecer límites claros sobre las pruebas exigibles. Sin embargo, la Corte determinó que el artículo sí establece los elementos necesarios para acreditar la materialidad de las operaciones y la veracidad de los asientos contables, por lo que no se considera inconstitucional.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.