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133/2025-CAOtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PLENO

El principio de afectación en la controversia constitucional es un presupuesto procesal cuya ausencia configura una causa de improcedencia que debe ser verificada de oficio, aunque su análisis varía según la etapa procesal.

Expediente
133/2025-CA
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ARÍSTIDES RODRIGO GUERRERO GARCÍA
Fecha
11 dic 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

El principio de afectación en la controversia constitucional es un presupuesto procesal cuya ausencia configura una causa de improcedencia que debe ser verificada de oficio, aunque su análisis varía según la etapa procesal.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la procedencia de la controversia constitucional, enfatizando que el principio de afectación es un presupuesto procesal. Se determina que la falta de este principio genera una causa de improcedencia que debe ser examinada de oficio, adaptando la intensidad del escrutinio a la etapa procesal. Además, se reitera que la impugnación de normas generales por incompetencia de la autoridad emisora también requiere dicho principio de afectación.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.