El principio de afectación en la controversia constitucional es un presupuesto procesal cuya ausencia configura una causa de improcedencia que debe ser verificada de oficio, aunque su análisis varía según la etapa procesal.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la procedencia de la controversia constitucional, enfatizando que el principio de afectación es un presupuesto procesal. Se determina que la falta de este principio genera una causa de improcedencia que debe ser examinada de oficio, adaptando la intensidad del escrutinio a la etapa procesal. Además, se reitera que la impugnación de normas generales por incompetencia de la autoridad emisora también requiere dicho principio de afectación.
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