El conflicto competencial laboral se integra cuando el tribunal a favor de quien se declina rechaza el asunto, debiendo remitirlo al Poder Judicial de la Federación para su resolución, sin que pueda plantear competencia a una distinta autoridad.
El presente conflicto competencial se suscitó entre diversas juntas y salas de conciliación y arbitraje. El tribunal determinó que cuando una autoridad a la que se le declina competencia considera que tampoco es competente, no puede declinar a una tercera autoridad, sino que debe remitir el asunto al Poder Judicial de la Federación para que este decida. Adicionalmente, se estableció que las reclamaciones de prestaciones derivadas de la relación laboral con el Estado, como la devolución de aportaciones al FOVISSSTE, son de naturaleza laboral y corresponden al Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.