La justicia de la Unión no ampara ni protege al quejoso, al declararse infundada la revisión adhesiva interpuesta por la parte tercero interesada.
El Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Décimo Tercer Circuito revocó la sentencia recurrida. En consecuencia, negó el amparo solicitado por el quejoso y declaró infundada la revisión adhesiva promovida por la parte tercero interesada, al no encontrar elementos que sustentaran sus pretensiones.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.